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Julio Olivo: Candidatura de Nayib Bukele ni debió haberse considerado

La ciudadanía salvadoreña y los de noviembre partidos políticos cuentan hasta este para solicitar la nulidad de la candidatura de Bukele.

Por Jessica García | Nov 06, 2023- 15:47

A pocos minutos de terminar el plazo para presentar inscripciones, Nayib Bukele entregó la suya al TSE Foto EDH/ Francisco Rubio

El magistrado Julio Alfredo Olivo fue el único voto de abstención ante la resolución de la solicitud de candidatura presidencial de Nayib Bukele por Nuevas Ideas, y aseveró en su explicación que el proceso de consideración, si ni siquiera tuvo que haber sido sometido por la máxima autoridad electoral: El Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El magistrado Julio Alfredo Olivo fue el único voto de abstención ante la resolución de la solicitud de candidatura presidencial de Nuevas Ideas y explicó que el proceso de consideración, ni siquiera tuvo que haber sido sometido por la máxima autoridad electoral: El Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El TSE hizo público el documento la tarde de ayer.

“Me abstengo de votar porque este caso ni siquiera debería haberse sometido a consideración del Organismo Colegiado del TSE, ya que los requisitos para la inscripción de candidaturas, tanto a la Presidencia como a la Vicepresidencia, se encuentran perfectamente delimitados en el texto de la Constitución de la República de 1983 (vigente)”, reza la explicación de Olivo, expresa en la resolución de dicha candidatura.

Magistrado Julio Olivo. Foto/ TSE

Olivo señaló a sus colegas magistrados y al resto de la población que el marco normativo sobre las candidaturas políticas presidenciales no han sido reformados, siguiendo el procedimiento que señala la Constitución, por lo que su óptica sigue siendo acorde a la misma.

Bukele en 2013: "La Constitución no permite que la misma persona sea presidente dos veces seguidas"

“Debido a la forma errónea de abordarse este tema, no puedo referirme ni efectuar un análisis profundo acerca de la validez o invalidez formal de la interpretación del artículo 152 ordinal primero de la Constitución, contenida en la resolución de sobreseimiento”, añadió el funcionario.

El expresidente del TSE, Eugenio Chicas, explicó que comparte los argumentos de Olivo, en tanto a que como funcionario juró cumplir las leyes “desde su texto”, es decir, la consideración literal de la propia Constitución.

“En ese sentido, en siete diferentes artículos se opone rotundamente a la posibilidad de la reelección”, dijo Chicas.

Sobre la resolución de sobreseimiento, Olivo hizo referencia a la interpretación de la Sala de lo Constitucional de septiembre de 2021, donde expuso que el “periodo inmediato anterior”, no era el anterior a la gobernación en turno, si no a la anterior, pese a que esta ya no tenía ninguna facultad o control sobre el Estado.

Pero Olivo aclaró que la Sala actual fue declarada ilegal por la Sala que quitaron sin proceso de ley: “No puedo profundizar en el problema de la legitimidad de la autoridad con la que se encuentra investida la sala de lo constitucional actual, responsable de emitir la resolución agendada por el colegiado la cual se encuentra indisolublemente atada a la decisión de destitución de la anterior sala de la constitucional”.

Por otra parte, el resto de magistrados Dora Martínez, Guillermo Wellman y Noel Orellana, que votaron a favor de la candidatura de Bukele y avalaron a partir de dicha interpretación.

Olivo reforzó su postura de abstenerse al enlistar diez versiones de la Constitución salvadoreña, desde 1841 a 1983, donde sus artículos prohiben la reelección presidencial inmediata. Según el ejercicio histórico del magistrado, hubo dos excepciones para los años 1824 y 1864.

“Me abstengo de votar porque en el abordaje del tema tampoco se ha considerado el análisis histórico, dejando de lado abundantes elementos para la explicación de las normas constitucionales contenidas en la Constitución vigente, prescindiendo del rigor de la exhaustividad”, explicó.

“Pisoteando” la Constitución

Los magistrados del TSE, acorde al aval de la candidatura presidencial de Nuevas Ideas, se encuentran pisoteando la Constitución, consideró ayer la diputada Claudia Ortiz.

“Cuando los funcionarios no cumplen la Constitución, el pueblo paga las consecuencias”, dijo Ortiz.

“Dice el magistrado Noel Orellana que su voto se basa en la sentencia 1-2021, del 19 de febrero de 2021, de la Sala de lo Constitucional. No existe tal sentencia”, reaccionó por su parte, el constitucionalista, Enrique Anaya.

Corre el tiempo para presentar recursos

Hasta la tarde de hoy tiene vigente la ciudadanía para solicitar la nulidad de la candidatura. El partido Nuestro Tiempo anunció que asistirá a interponer otro escrito.

Expertos electorales como Chicas y Carlos Araujo explicaron que los recursos legales vigentes son el proceso de nulidad (hasta hoy vigente), luego de terminado el plazo, se podría acudir ante la Sala de lo Constitucional para reclamar sobre las actuaciones del TSE, sin embargo, no ven con optimismo esta última medida.

TAMBIÉN: ARENA pide al TSE que anule la candidatura presidencial de Nayib Bukele

“Creo que van a terminar de agotar las últimas instancias locales, pero para mí es un tema cerrado y consumado”, lamentó Araujo.

“Sabemos que esta Sala es la misma que resolvió en septiembre del año pasado el criterio respecto a la reelección, por lo tanto, difícilmente uno puede tener la expectativa de que eso vaya a cambiar”, añadió Chicas.

Según el expresidente del TSE, también habría alternativa en otra solicitud de recusación, es decir, pedir a los magistrados que adelantaron su criterio sobre la candidatura de Bukele, que se abstengan de evaluarla.

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