“Los derechos de las personas priman sobre el Estado”, siendo así, la suspensión de derechos constitucionales están sometidos a límites estrictos y rigurosos. Además, la Constitución de la República se basa en una visión antropocéntrica, dice el abogado experto en materia constitucional, Enrique Anaya, esto implica que se concibe al ser humano y sus intereses como el centro de todo y lo demás está supeditado a las necesidades y al bienestar de las personas.
“Por eso, todo el diseño constitucional se basa en la dignidad humana; por ello, los derechos de las personas priman sobre el Estado”, explica Anaya en un hilo de tuis publicado en su cuenta personal.
El experto explica por qué el decreto legislativo que contiene la implementación del Régimen de Excepción es inconstitucional, violatorio de derechos humanos y, además, contiene fallas “monumentales”. Argumenta que no especifica qué derechos están suspendidos y el alcance de cada garantía constitucional suspendida.
“La suspensión de derechos constitucionales está sometido a límites estrictos y rigurosos; entre tales límites, está que solo puede darse la suspensión de cada derecho concreto, es decir, debe especificarse el derecho constitucional suspendido, ya que solo así es posible verificar si la suspensión ha sido en el grado estrictamente requerido para el retorno a la normalidad”, explica el abogado.
El problema es que cada artículo de la Constitución consagra una serie de derechos, dice Anaya, así que no se sabe cuáles derechos han sido suspendidos y cuál es el alcance de la suspensión, lo cual califica de una “falla monumental”, pues no los detalla sino que hace remisión únicamente a artículos de la Constitución.
Por ejemplo, cita Anaya, el Régimen de Excepción dice que se suspenden los derechos del Art. 7 de la Constitución, pero esa disposición consagra al menos tres derechos, “así que no se sabe cuáles de esos derechos están suspendidos y cuál es el alcance de la suspensión”.
Es así, como la Asamblea suspendió el derecho de reunión en todo el país, implicaría que toda reunión de cualquier persona y motivo estaría “prohibida”, refiere Anaya.
Ejemplo de lo anterior se ha visto desde el domingo en donde los elementos del Ejército y la Policía manifiestan a los ciudadanos que está restringida la libre circulación en ciertas zonas, cuando el decreto legislativo aprobado el sábado pasado no lo dice.
“Como incluso en CAPRES y sus secuaces saben que eso es una estupidez, en lugar de hacer una buena ley, se ponen a escribir tuits y publicar comunicados, diciendo lo que no dice el Decreto Legislativo 333 que ellos mismos aprobaron: ¡busquen abogados!”, cuestiona Anaya.
La definición ha quedado tan ambigua para aplicarlo “arbitrariamente”, dice el abogado que la Presidencia dice que sólo están prohibidas las reuniones de pandilleros y la Fiscalía explica que solo están suspendidas las reuniones en las que se planifiquen delitos.
“Por eso, si un gobierno no sabe ni puede (por incapacidad y por perversión) utilizar las herramientas jurídicas que la misma Constitución le da, es que el objetivo del Régimen de Excepción no es proteger a la población, sino que buscan fines abyectos (infames) (que no sé cuáles son)”, reflexionó Anaya.