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ALAC denuncia injerencia de Bukele y Asamblea en cambios de jueces

El organismo anticorrupción asegura que los diputados oficialistas se excedieron en sus competencias atribuidas por la Constitución a la Asamblea al obligar al retiro de 216 jueces.

Por David Marroquín | Feb 09, 2022- 21:00

Jueces y magistrados protestan por el retiro obligado de un tercio de ellos, ordenado por la Asamblea Legislativa, dominada por el partido de Bukele.

“Hay evidencia de que el Órgano Legislativo y el Presidente de la República han tenido una incidencia indebida en la manera de como se ingresa, conforma y traslada los operadores de justicia en El Salvador”, denuncia el Centro de Asesoría Legal Anticorrupción (ALAC) de la Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE).

Lo anterior está contenido en informes emitidos por ambas entidades sobre el impacto que han tenido las reformas que en septiembre pasado obligaron a retirarse a un tercio de los jueces y magistrados salvadoreños, con más de 60 años de edad o con más de 30 años de servicio en la judicatura, para colocar a personas afines al oficialismo en la judicatura.

“Con ello, claramente se ha vulnerado la garantía de la independencia judicial en su manifestación interna, es decir, la relativa a la ausencia de injerencias de jueces jerárquicamente superiores”, expresa ALAC.

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Tras la remoción masiva, dice la entidad, se hizo del conocimiento público que varios de los nombramientos efectuados el 26 de septiembre de 2021 habían sido realizados sin un análisis previo y en beneficio de parientes de los magistrados impuestos por el presidente Bukele. “Entre tales nombramientos se encontraba el de la Jueza titular del Juzgado de Familia de la ciudad de San Marcos, el titular del Juzgado de Menores de la ciudad de Chalatenango y la Jueza Primera de Paz de San Salvador”, dice ALAC.

De acuerdo con el organismo anticorrupción, las reformas que obligaron al retiro de jueces violaron la Constitución de la República, sobre todo porque su propósito es afectar la independencia e imparcialidad de los tribunales de justicia.

Por ende, dicen el análisis, son inconstitucionales las facultades que la Asamblea Legislativa otorgó a los magistrados de la Corte Suprema para cubrir las vacantes de los obligados a retirarse.
También los traslados y nombramientos de jueces y magistrados para ocupar las vacantes, realizados por la CSJ violentan la Constitución.

Lo anterior, según ALAC, es porque “las disposiciones de la reforma estriban sus efectos en la forma y medios de como se administra la justicia, y otorga una facultad indebida a la CSJ que naturalmente le corresponde al CNJ (Consejo Nacional de la Judicatura)”.

Lo anterior significa que no se han seguido los procedimientos que mandan que el CNJ elija y presente ternas de abogados aptos para ser jueces.

Ante tal situación, enfatiza, “la intromisión de la Asamblea y el Presidente de la República en el Órgano Judicial tiene la aptitud de ser inconstitucional por vicio de forma”.

Cuestiona traslados de juezas por resoluciones incómodas

ALAC trae a cuenta la docena de movimientos o degradaciones de jueces que emitieron resoluciones que no han sido del agrado del régimen de Bukele, por ejemplo, la jueza Margarita Salgado, que fue trasladada del Tribunal Sexto de Sentencia al Juzgado de Paz de Panchimalco.

La remoción de la jueza Salgado se dio después de que rechazara la demanda por difamación que presentó la diputada del partido oficialista Nuevas Ideas, Marcela Pineda, contra la investigadora social, Jeannette Aguilar.

Más reciente el cambio de la jueza Edelmira Violeta Flores Orellana, titular del Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador a un juzgado en Mejicanos.

Este traslado vino después de que le otorgara libertad condicional al exministro de Justicia y Seguridad Pública, Mauricio Ramírez Landaverde, y al subcomisionado de la policía, Ramón Fernando Roque, acusados de supuesta corrupción en las tiendas penitenciarias.

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“El común denominador de los traslados efectuados consiste en que han sido realizados por Corte en Pleno, de forma posterior, a la toma de una decisión judicial con relevancia pública o que verse respecto de quienes hayan fungido como servidores públicos en la gestión anterior o, en la cual intervengan funcionarios públicos del actual gobierno, en cualquiera de los tres poderes del Estado”, señala ALAC.

Cuestiona además que “la Corte en pleno no ha informado, ni hecho de conocimiento público a través de sus actas de sesión, de las razones por las cuales se basan los movimientos de funcionarios públicos”.

Señala además que la falta de información pública por parte de la CSJ inhibe la posibilidad de establecer la legalidad y la constitucionalidad de las decisiones administrativas del pleno de la Corte y si son d beneficio para la población.

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