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Comisión avala que se emita ley de amnistía fiscal hasta diciembre

Se exonerará del pago de multas, recargos e intereses en el pago de obligaciones tributarias y aduaneras

Por Susana Peñate | Oct 31, 2023- 16:51

El Ministerio de Hacienda propuso la ley de amnistía fiscal para exoneración del pago de multas, intereses y recargos. Foto Archivo

La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa aprobó este lunes el dictamen favorable a la “Ley Especial y Transitoria que otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras”, que sería una amnistía fiscal que tendría una duración de aproximadamente un mes.

El decreto consiste en la exoneración de multas, recargos e intereses para quienes adeudan el pago de sus tributos originales o complementarios al fisco. De aprobarse por el pleno legislativo, el plazo de vigencia de esta amnistía sería desde el día de su publicación en el Diario Oficial hasta el 8 de diciembre de 2023.

Previo a la aprobación del dictamen, Marvin Sorto, director general de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, dijo que abarcaría a las declaraciones presentadas pero que no pagaron los tributos o derecho correspondiente, así como los casos que están en fiscalización de la Dirección de Impuestos Internos, en etapa de audiencia y apertura a prueba o que tengan interpuestos demandas o recursos de amparo.

“Pueden haber contribuyentes que han presentado sus declaraciones y dichas declaraciones tienen saldos a favor y probablemente podría darse o presuntamente podemos decir de que ese saldo a favor no era el que tenían que haber declarado. Entonces la amnistía les permite hacer correcciones sin tener que pagar ninguna multa ni intereses”,

Marvin Sorto, director general de Impuestos Internos

También podrán acogerse los sujetos pasivos obligado al pago de tributos cuando su deuda se haya remitido a la Dirección General de Tesorería para que inicie el procedimiento de cobro, e incluso cuando se hayan remitido las deudas certificadas a la Fiscalía General de la República (FGR) y hayan iniciado proceso judicial, siempre que no exista ya una sentencia definitiva del juzgado.

“El empresario tiene la oportunidad de desistir de ese proceso en el cual se ha amparado y por consiguiente presentar su intención al Ministerio de Hacienda para que pueda apegarse al decreto de amnistía”, añadió el director.

En el caso que los contribuyentes soliciten un plazo para pagar sus obligaciones tributarias, se le otorgará un máximo de nueve cuotas mensuales en consideración del monto adeudado, la primera cuota corresponderá al 10% de la deuda.

La amnistía fiscal aprobada en agosto de 2022 benefició a 25,825 contribuyentes, según datos del Ministerio de Hacienda.

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