La organización defensora de derechos humanos Cristosal reveló en su informe sobre el régimen de excepción, publicado en mayo de este año, las primeras denuncias de doble juzgamiento y detenciones ilegales de personas a las que les habían otorgado medidas alternas a la prisión, pero que Centros Penales no las había liberado.
“Desde agosto de 2021 a la fecha del cierre de este informe, se ha observado un mayor número de personas que reciben medidas sustitutivas, pero no siempre quedan en libertad” señaló el informe.
Representantes del Movimiento de Víctimas del Régimen de Excepción (Movir) y el Socorro Jurídico Humanitario han denunciado a través de redes sociales, de manera reiterada, esa práctica en las prisiones salvadoreñas, la cual según abogados constituye el cometimiento de al menos cuatro delitos por parte de las autoridades penitenciarias.
Ingrid Escobar, representante del Socorro Jurídico Humanitario declaró el 25 de agosto de este año al la cadena Telesur “exigimos a Osiris Luna que haga efectivas esas cartas de libertad, el juez ya dio una orden” expresó con relación a las personas que ya tienen su carta de libertad, pero no ha sido liberadas.
En algunos casos son los mismos familiares los que a través de las redes sociales de Movir han pedido la liberación de sus parientes a quienes un juzgado ya les extendió la carta de libertad o medidas alternas a la prisión, pero la dirección de Centros Penales se niega a liberarlos.
Uno de esos casos es el de Cristian Alfonso Molina Ramos, de 23 años de edad, quien se encuentra recluido en el penal de Izalco. El 11 de mayo de este año un juez especializado le decretó medidas alternas a la prisión, entre ellas una fianza de 2,000 dólares. Sin embargo, sus parientes sospechan que fue recapturado en el momento que salía del centro penal.
Una familiar del joven relató, en un video publicado en las redes de Movir, que ella acudió al centro penal en Izalco, pero no le quisieron brindar ningún tipo de información, por lo que envió una carta al Director de Centros Penales para pedir su liberación. Luego denunció el hecho ante la Procuraduría de Derechos Humanos (PDDH) pero aún sigue sin tener una respuesta y su primo sigue en prisión.
“Yo le exijo al gobierno que tomé en cuenta estos casos, que no queden en impunidad, nosotros sabemos que esto es inconstitucional, que no cumplan esta carta de libertad es ilegal, es un secuestro” expresó la señora.
Autoridades incurren en delito
Abogados explican que con estas acciones las autoridades de Centros Penales están cometiendo al menos cuatro delitos incluidos en el Código Penal vigente.
Dina Martínez, directora de Acceso a la Justicia de FESPAD, expuso que en primer lugar se configura el delito de limitaciones indebidas de libertad individual, el cual consiste en la desobediencia por parte de un funcionario o empleado público a una orden de libertad o mantener a una persona privada de libertad sin una orden escrita. El Código Penal establece penas de uno a tres años de prisión así como la inhabilitación en el cargo, por el mismo tiempo.
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Además, el incumplimiento de una orden judicial por una autoridad administrativa constituiría una desobediencia a un mandato judicial.
Así lo plantea Martínez, y explica por qué se incurre en el delito de desobediencia: hace referencia a que un funcionario o empleado público, agente de autoridad o autoridad pública se niega abiertamente a dar cumplimiento a una sentencia, decisiones u órdenes de un superior.
Jonatan Cisco, abogado de Cristosal, dice también que se estaría ante un incumplimiento de deberes, el cual se refiere a la omisión de las obligaciones que una persona tiene como funcionario, empleado público o agente de autoridad.
Cisco agregó que también se estarían cometiendo privación de libertad por funcionarios, empleados públicos, agentes de seguridad o autoridad pública, tipificado y sancionado con prisión de tres a seis años e inhabilitación especial para el ejercicio del cargo o empleo respectivo por el mismo tiempo.
“Cada caso tiene su particularidad, por lo que podría darse uno o los todos los delitos por parte de las o funcionarios públicos o agentes de autoridad que se nieguen a poner en libertad a una persona que ya tienen una orden por parte de los juzgados o la FGR”, manifestó Martínez.
¿Qué pueden hacer los familiares?
Ambos abogados recomendaron documentar y denunciar los casos de personas que tienen una orden de libertad o medidas alternas a la prisión, pero siguen detenidos.
Cisco explicó que ante este tipo de actos es importante dirigirse de manera escrita a la autoridad competente, en este caso a la Dirección General de Centros Penales y al director de la prisión donde está recluida la persona y solicitar que la liberen, presentando la copia de la orden o carta de libertad.
“Es importante hacer notar que la dirección de centros penales tuvo conocimiento de la orden porque luego pueden excusarse diciendo que no sabían de eso o que nieguen que haya una notificación que haya llegado a sus manos”, explicó Cisco.
Martínez agregó que se puede interponer un recurso de habeas corpus ante la Sala de lo Constitucional de la Corte. Sin embargo, recordó que esta instancia no ha dado salida a miles de recursos presentados desde inicio del régimen de excepción.
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Agrega que también se puede denunciar ante la Procuraduría de Derechos Humanos, para que supervise e investigue por qué la Dirección de Centros Penales se niega a cumplir la orden judicial o de FGR para liberar a una persona.
Ambos juristas manifestaron que se debe poner una denuncia ante la Fiscalía y si esta no responde, buscar ayuda de abogado particular.
Por otra parte, expusieron que se pueden interponer demandas en instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Penal Internacional, ya que el Salvador forma parte del Estatuto de Roma, que establece como un crimen de lesa humanidad “la encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional”.
Las personas que han denunciado este tipo de vulneraciones relataron que han ido a las prisiones con las copias de las órdenes de libertad, pero los custodios les han dicho que eso no tiene ninguna validez, además de tratarlos de manera humillante y degradante.
“Este papel aquí no tiene nada que ver, madre, hasta el otro año venga que entonces van salir”. Esa fue la respuesta de un custodio de Mariona a una madre que llegó con la orden de libertad de su hijo, después que la Fiscalía no encontrara indicios para acusarlo.