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Catalino Miranda es enviado a prisión preventiva por desórdenes públicos

El caso pasó a la etapa de instrucción. La audiencia inicial se realizó sin permitir acceso a periodistas. Previamente, el mismo juzgado realizó dos audiencias más resolviendo enviar a prisión provisional a uno de los imputados y suspender condicionalmente el proceso contra dos más.

Por Jorge Beltrán Luna - Xiomara Alfaro | Mar 18, 2022- 14:45

Catalino Miranda. Foto EDH Archivo/ Jonatan Funes

El empresario de transporte, Catalino Miranda fue enviado este viernes a prisión preventiva por el delito de desórdenes públicos. Así lo estableció el Juzgado 10° de Paz de San Salvador tras el desarrollo de la audiencia inicial en su contra.

El empresario de transporte público, Catalino Miranda, fue enviado a prisión preventiva, este 18 de marzo, mientras llega la fase preliminar. La jueza que ve el caso decretó la medida cautelar por el delito de desórdenes públicos.

Por resistencia, que es el otro delito por el que se le acusa, la jueza no ordenó ninguna medida.

La Fiscalía se mostró satisfecha con la decisión de la jueza, en tanto la defensa dijo que el próximo lunes presentará la apelación para que sea la cámara pertinente quien otorgue medidas diferentes a la detención.

"Debe tener otra tipo de medida, defensa presentó todos los arraigos del señor", dijo el abogado defensor Rolando Aparicio quien señaló además a la Fiscalía de oponerse a reproducir durante la audiencia los videos de cómo ocurrieron los hechos la noche de la detención.

De acuerdo con el Código Penal, el delito de resistencia es castigado con pena de prisión de seis meses a dos años, mientras que el de desórdenes públicos, con prisión de dos a cuatro años. Foto EDH/ Jonatan Funes

"En los videos está claro que no hay resistencia, mucho menos desórdenes", acotó Aparicio.

Lee también: VIDEO: “Yo no puedo pagar causas que no debo”, dice Catalino Miranda durante presentación de acusación en su contra

El defensor agregó que de acuerdo a la ley, por el delito de desórdenes públicos no puede haber ningún tipo de medida, e insistió en que la jueza debe ver los videos para tener mejor orientación de los hechos. No hubo alteración a la paz social, a la convivencia o algún tipo de alteración al Estado, añadió.

Durante el desarrollo de la diligencia, la cantidad de elementos de la Policía Nacional Civil (PNC) resultó notoria en el quinto nivel, donde está la Sala de Audiencias 5A en la que se realizó la audiencia.

Foto EDH / Jonatan FunesMiranda enfrentó la audiencia inicial por los delitos de resistencia y desórdenes públicos tras ser capturado el pasado domingo luego de que el Gobierno de Nayib Bukele interviniera las instalaciones de la cooperativa Acostes, de R.L., de la cual es parte el empresario detenido.

De acuerdo con el Código Penal, el delito de resistencia es castigado con pena de prisión de seis meses a dos años, mientras que el de desórdenes públicos, con prisión de dos a cuatro años.

La audiencia contra Miranda estuvo a cargo del Juzgado Décimo de Paz de San Salvador; la misma se realizó sin que se le permitiera acceso a los periodistas de diversos medios de comunicación que se hicieron presentes.

Mientras tanto, afuera de las instalaciones del Centro Judicial Isidro Menéndez, un grupo de personas, en su mayoría hombres, manifestaban su apoyo a Miranda a quien el Estado le ha decomisado 278 microbuses tipo coaster y 15 autobuses bajo la excusa de que estaban cobrando una tarifa mucho más alta de la autorizada.

Previo a la audiencia contra Miranda, el mismo Juzgado realizó las audiencias iniciales contra tres motoristas vinculados a las rutas del empresario, capturados el mismo 12 de marzo.

Contra Jermel Castro Sorto, acusado del delito de posesión y tenencia ilícita de placas de circulación, el juzgado decretó que continúe detenido mientras se desarrolla el proceso judicial.

Además:  Defensor de Catalino Miranda asegura que delito de resistencia es inexistente

En caso de ser encontrado culpable, el imputado podría ser condenado a entre tres y seis años de prisión. Así lo establece el art. 214-K del Código Penal. Luego de la audiencia contra Castro Sorto, el mismo juzgado realizó la audiencia inicial contra José Félix Hernández Castillo y Romel Iván Aquino, acusados del delito de venta a precio superior.

La pena que el Código Penal prevé para este delito es de uno a tres años de prisión. Al final de la audiencia contra Aquino y Hernádez Castillo estos fueron favorecidos con la suspensión condicional del proceso.

Las condiciones impuesta, que deberán cumplir durante los próximos 18 meses,  fueron no salir del país, no cambiar de domicilio y mantenerse en un empleo. Al cierre de esta nota, la diligencia judcial contra Miranda continúa en desarrollo.

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