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Portillo Cuadra: “¿Por qué la Constitución prohíbe la reelección presidencial? Para que no haya dictadura”

El parlamentario enumeró algunos de los artículos de la Carta Magna que prohíben la reelección presidencial inmediata, entre ellos, el Art. 152 y el 88.

Por Eugenia Velásquez
Publicado el 12 de septiembre de 2022


El jefe de fracción de ARENA, René Portillo Cuadra, desglosó en un video publicado en yootube las razones por las que la Constitución de El Salvador no permite la reelección presidencial.

“Si hipotéticamente pensáramos que el ciudadano presidente tiene derecho a presentarse como candidato en las elecciones próximas, eso significaría que si gana estaría ejerciendo no solo un día más la presidencia, sino que estaría ejerciendo la presidencia cinco años más, lo cual es prohibido por la Constitución”. Expresó Portillo Cuadra.

El parlamentario enumeró algunos de los artículos de la Carta Magna que prohíben la reelección presidencial inmediata, entre ellos, el Art. 152 y el 88.

Mencionó que el 152 explica que quien haya ejercido la Presidencia de la República en 6 meses consecutivos o no dentro del periodo presidencial anterior, no puede ser candidato.

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“Esta regla es sumamente clara de la Constitución, no solo eso, la Constitución también dice que el que haya ejercido la Presidencia de la República no puede permanecer en el cargo ni un día más”, ahondó el diputado tricolor.

Asimismo, explicó que el Art. 88 establece la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia.

¿Qué significa esto? Cambiar o reemplazar ¿a quién? A la persona que ejerce la presidencia ¿por qué lo hace la Constitución? Para preservar el orden democrático, el sistema de gobierno y para que no hayan dictaduras en El Salvador, afirmó.

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