Entre las piezas de correspondencia que ingresaron en la sesión plenaria número 45 de este martes 22 de febrero se encuentran dos que plantean extender la licencia por 90 días con goce de sueldo al trabajador en los casos que por enfermedad grave de uno de sus parientes se requiera su presencia.
Se trata de una reforma al Código de Trabajo y la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados “para que se le amplíe el plazo de licencia a los trabajadores y puedan atender a sus hijos con enfermedades graves, crónicas o terminales”, indicó la semana pasada el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, cuando se presentaron tales iniciativas.
La pieza 2 “A” plantea reformar el inciso cuarto del artículo 10 de la Ley de Asuetos para establecer que “en ningún caso las licencias concedidas en cada año, podrán exceder, de veinte días para el caso de duelo, ni de noventa días para el caso de enfermedad gravísima”.
Reformas al Código de Trabajo
Por su parte, la pieza 3 “A” busca modificar el Código de Trabajo en el sentido de adicionar un literal g, en el numeral 6a del artículo 29 que decrete que “en los casos en los que se requiera racionalmente la presencia del trabajador por enfermedad gravísima de uno de sus hijos biológicos o por adopción, menor de quince años. Se entenderá por enfermedad gravísima aquella en que sea de temer la muerte del paciente”.
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La modificación añade: “Las licencias por enfermedad a las que se refiere el presente literal, se concederán por el patrono al tener conocimiento del hecho que las motiva mediante la solicitud del trabajador, en estos casos el patrono solo estará obligado a reconocer por esta causa una prestación equivalente al salario ordinario de los primeros tres días de licencia otorgados en cada año calendario y, en ningún caso las licencias concedidas en cada año, podrán exceder de 90 días”.
Responsabilidades del Seguro Social
Además, plantea añadir un inciso segundo en el artículo 308- B donde se establezcan las responsabilidades del seguro social.
“De igual forma el Instituto Salvadoreño del Seguro Social estará obligado a cumplir el subsidio diario a todos trabajador o trabajadora al que se le otorgue licencia de conformidad a lo establecido en el 29, numeral 6°) literal g) de este Código, a partir del cuarto día de licencia de conformidad a lo establecido en el Reglamento Para la Aplicación del Régimen del Seguro Social”, reza el artículo 3 de la reforma.
Ambas propuestas pasaron a la comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio. Esta propuesta fue presentada en el marco del Día Internacional de la Lucha contra el Cáncer Infantil, por el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara.
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El diputado Guevara explicó en esa ocasión que con las modificaciones a estudiar se pretende evitar que la posibilidad de perder el trabajo sea una presión más para las personas que tienen que enfrentar la enfermedad de un hijo.
“En el Hospital Bloom, los niños que están hospitalizados deben siempre estar con un padre responsable y no es justo que, como se dijo antes, tengan la pena de la enfermedad y junto a esto la presión de que lo pueden quitar de su trabajo”, manifestó el legislador.
“Ningún padre puede rendir al 100 por ciento si tiene a un hijo ingresado en un hospital”, agregó.
Además, esta iniciativa fue respaldada por los miembros de la Comisión de Trabajo dado que será en esa mesa en donde se desarrollará el estudio de las reformas.
“El fin es conocer si se son factibles estas reformas y eso lo podrá discutir el ministro de Trabajo, la directora del Instituto Salvadoreño del Seguro Social y otras personas a las que vamos a recibir para poder trabajar de una manera articulada a beneficio de la población”, expresó el presidente de la Comisión de Trabajo, Edgardo Mulato.