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Nueva ley de transporte propuesta por el gobierno disolvería al VMT

La iniciativa plantea que las funciones del VMT pasarán a una nueva entidad que sería nombrada como Dirección General de Movilidad y Seguridad Vial (DMOV).

Por Milton Rodríguez | Ago 18, 2022- 06:30

Foto: imagen de carácter ilustrativo y no comercial/ https://twitter.com/vmtelsalvador/status/1300443246548717568?lang=zh-Hant

El Viceministerio de Transporte (VMT) sería disuelto si se aprueba el anteproyecto de “Ley de Transporte Terrestre, Tránsito, Seguridad Vial y Movilidad” que presentó el martes el gobierno de Nayib Bukele ante la Asamblea Legislativa.

Dicha iniciativa plantea que las funciones del VMT pasarán a una nueva entidad que sería nombrada como Dirección General de Movilidad y Seguridad Vial (DMOV).

"Créase la Dirección General de Movilidad y Seguridad Vial, que en lo sucesivo se denominará "La Dirección" o "DMOV", como una entidad de Derecho Público descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía administrativa, presupuestaria, técnica para el ejercicio de las atribuciones y deberes que se estipulan en la presente Ley y en las demás disposiciones aplicables", reza el artículo 9 de la propuesta.

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Seguido de eso dice que la Dirección se constituiría como una institución descentralizada que se relacionará con el Órgano Ejecutivo por medio del Ministerio de Obras Públicas y de Transporte. Además, se faculta a esta entidad para desarrollar actividades en cualquier lugar del territorio salvadoreño.


Esta no es la primera institución que el actual gobierno de Bukele desaparece, ya que en noviembre del 2021 sus diputados aprobaron una iniciativa que dio vida a la Dirección General de Obras Municipales (DOM), pero disolvió al Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (ISDEM).


Finalidad


El anteproyecto expone que la DMOV tendrá por finalidad la organización, planificación, fomento, regulación, vigilancia, supervisión, fiscalización, modernización y control de las diferentes modalidades del Transporte Público de pasajeros, y de Carga, así como todo lo relacionado a la movilidad, tránsito y seguridad vial.


Asimismo, señala que la Dirección sería la encargada de llevar a cabo, los procedimientos sancionatorios y de ejecución, resultado de las infracciones que regule la nueva ley.


En el artículo 255 dice que a partir de la vigencia de tal Decreto, "se transfieren a la DMOV, por Ministerio de ley, todos los derechos y obligaciones que actualmente corresponden al Viceministerio de Transporte del Ministerio de Obras Públicas y de Transporte, derivados de los convenios o contratos vigentes o de plazo vencido que aún estuvieren pendientes de cumplimiento, y cualquier referencia que en ellos se haga de la misma, se entenderá que se refiere a la Dirección General de Movilidad y Seguridad Vial".

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Sobre la tranferencia de Bienes se establece que el Ministerio de Obras Públicas transferirá a la DMOV los bienes, muebles e inmuebles, asignados al Viceministerio de Transporte y que además, el MOP nombrará una comisión responsable de elaborar el inventario de dichos recursos, para el solo efecto de hacer el traspaso y la entrega material del mismo.


Respecto al Personal


La normativa menciona que el personal designado por Ley de Salarios o contratos correspondientes al Viceministerio de Transporte, podrá formar parte del personal de la Dirección, previa evaluación del mismo, absorbiendo ésta las obligaciones y demás prestaciones laborales de dicho personal.


Aclara que aquellos trabajadores que no pasen a formar parte del personal de la DMOV y decidan renunciar voluntariamente a su empleo, se les otorgará la prestación económica que establece la Ley de Servicio Civil, más el equivalente a un mes de salario básico por cada año de su servicio y proporcional por fracciones de año.


Dicha entidad una junta directiva y un director ejecutivo nombrado por el presidente de la República, los demás integrantes serán designados por el MOP, el ministerio de Economía, Gobernación, Turismo, Salud y Medio Ambiente.

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