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Aumento de penas de prisión violenta derechos fundamentales, según Fundación para el Debido Proceso

La Fundación para el Debido Proceso considera que las reformas pueden generar injusticias contra los detenidos en el contexto del régimen de excepción.

Por Lissette Lemus | Sep 03, 2023- 14:40

El gobierno propuso unas disposiciones que permiten agrupar a los detenidos en el régimen de excepción para procesarlos en juicios masivos. Foto EDH / Jonatan Funes

Las reformas legales introducidas junto con el régimen de excepción afectan el principio de que las penas sean proporcionales a la gravedad del delito, violentan los derechos de la niñez y convierten en delito la libertad de expresión, advierte un informe presentado la semana pasada por la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por su siglas en Inglés).

El análisis es la segunda parte de una serie denominada (IN)DEBIDO PROCESO que expone los impactos sobre la libertad y las garantías al debido proceso de las reformas a cinco leyes y al Código Penal, aprobadas por la Asamblea Legislativa en el último año, en el contexto del régimen de excepción.

Según el análisis realizado por la DPLF, esas modificaciones han permitido un endurecimiento en las sanciones de delitos, pero las penas no mantienen una relación proporcionada con la gravedad de los delitos, por lo que se vulnera el principio de proporcionalidad y racionalidad de la pena.

La Fundación considera que aunque con el endurecimiento de las condenas se busca enfrentar la violencia de las maras o pandillas, contradice la finalidad del sistema penitenciario que es la reinserción de los individuos a la sociedad.

“Es esencial que el sistema penal responda a la gravedad de la criminalidad violenta, pero es fundamental que estas cuestiones se aborden de manera integral para garantizar un sistema penal que respete la dignidad humana y promueva la seguridad jurídica. El endurecimiento extremo de las penas no apunta en esa dirección”, indicó Úrsula Indacochea, directora del programa Independencia Judicial de DPLF, a través de un comunicado.

Por otra parte, la DPLF plantea que “la ampliación de forma vaga de los criterios” que se utilizan para determinar si una persona pertenece a un grupo criminal puede generar injusticias contra los detenidos en el contexto del régimen de excepción.

“Existe el riesgo de que las personas sean indebidamente vinculadas a agrupaciones ilícitas, debido a interpretaciones amplias de estas normas”, expone el documento.

Violentación a la niñez

El informe también cuestiona que se vulneran derechos de los niños, niñas y adolescentes al priorizar la prisión como sanción para aquellos en conflicto con la ley penal, sin recurrir a otras opciones.

Los cambios a la Ley Penal Juvenil incluyen penas de cárcel de 10 años para niños y adolescentes menores de 12 años de edad y sentencias de hasta 20 años de prisión para adolescentes mayores de 16 años.

Además, las nuevas reformas impiden que se modifique, sustituya o revoque la pena de prisión para menores cuando represente un peligro para las víctimas y testigos o se trate de reincidencia.

Según la DPLF, estas medidas contradicen los estándares internacionales de protección a la niñez que abogan por la prisión como último recurso y por el período más breve posible.

Por otra parte, indica que van en contra de la intervención mínima establecidos en tratados internacionales de derechos humanos que El Salvador ha ratificado.

“Estos compromisos obligan al país a proteger el bienestar y el desarrollo psicológico y emocional de los niños, niñas y adolescentes, aun cuando se encuentran en conflicto con la ley penal” señala el documento.

Convierten en delito la libertad de expresión

El informe también dice que es preocupante que se criminalice o convierta en delito la libertad de expresión y que para ello se usen tipos penales ambiguos y amplios que podrían restringir indebidamente este derecho fundamental.

Según el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, cualquier restricción a la libertad de expresión debe estar explícitamente prevista en la ley de manera clara y por razones legítimas y fundamentadas.

El 5 de abril del año pasado, de manera exprés, los diputados del oficialismo y sus aliados votaron en la plenaria del martes por modificar el Código Penal y agregar el artículo 345-C que establece penas de 10 a 15 años de cárcel a quienes reproduzcan mensajes alusivos a las pandillas por los diferentes medios de comunicación y plataformas digitales.

Tras la incorporación del artículo, la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) denunció que se trataba de un claro intento de censura a los medios de comunicación, algo que prohíbe la Constitución.

“Prohibir al periodismo la realidad que viven miles de personas que habitan en comunidades controladas por pandillas no surtirá ningún efecto en las vidas de las personas, sino que creará un espejismo que no es fiel a la verdad. No mencionar a las pandillas, tampoco las hará desaparecer”, señaló a APES.

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