Historias que importan, gracias a lectores como tú

El periodismo que hacemos requiere tiempo, esfuerzo y pasión. Cada reportaje es para mantener informado y contar historias que marcan la diferencia

Sucríbete y obtén acceso a contenido exclusivo

  
Suscribirme
EPAPER Elecciones en Venezuela|Harris vs. Trump|Dengue|Alza precios alimentos|Selecta

¿Cuáles son las faltas graves por las que podría ser multado con $100?

Situaciones tan comunes como bajar pasajeros en lugares no permitidos y no respetar las filas en el congestionamiento serán sancionadas con las foto multas.

Por Abigail Parada | Ene 26, 2023- 09:08

Gestores del VMT han impuesto multas a conductores por invadir el espacio de ciclovías. Foto cortesía

Bajar y subir pasajeros en zonas no establecidas es una de las situaciones más comunes en el transporte público, aunque esto no represente una práctica adecuada debido a que tienden a generar tráfico y otros inconvenientes, pero ahora será una de las medidas sancionadas con “multas graves” que ascienden a $100.

Es importante mencionar que las foto multas serán enviadas al correo electrónico de los conductores, desde la fecha en la que reciben esta notificación tendrán un plazo de 30 días para cancelar, si se acumulan multas podrían ser sancionados con la suspensión de la licencia con un periodo de dos a 10 años.

Por lo tanto es importante conocer el nuevo pliego de reformas bajo las cuales serán impuestas las multas.

Multas graves

  • No ceder el paso a vehículos de emergencia, cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas.
  • No respetar la fila cuando haya congestionamiento de vehículos o penetrar con el vehículo en una intersección o en un paso, si la situación de la circulación es tal que, previsiblemente, puede quedar deteniendo en forma que impide u obstruya la circulación transversal.
  • No disminuir la velocidad en zonas restringidas tales como: colegios, escuelas, hospitales, centros deportivos, mercados.
  • Sobrepasar a otro vehículo en boca-calle.
  • Aumentar la velocidad cuando otro vehículo trate de sobrepasar.
  • Rebasar o cruzar la doble línea amarilla central que divide la vía en doble sentido de circulación.
  • Negarse a presentar los documentos de tránsito a la autoridad competente.
  • Trasladar cadáveres sin autorización de la autoridad competente.
  • Estacionarse formando doble fila.
  • Estacionarse en curvas, redondeles y trechos angostos.
  • No mover un vehículo u objeto que obstruya el libre tránsito, producto de un siniestro vial, siempre que solo existan daños materiales y/o daños personales leves.
  • No conceder el paso a peatones que caminen en zona de seguridad o cuando se encuentren en peligro.
  • Llevar pasajeros a la izquierda del conductor.
  • Conducir vehículos con niños menores de tres años de edad, sin que se cuente con una silla infantil debidamente sujetada por cinturones de seguridad y/o ser transportados dentro de la cabina del vehículo en la parte delantera.
  • No dar luz baja al encontrar a otro vehículo en sentido opuesto.
  • Carecer de espejo retrovisor y espejos laterales izquierdo y derecho.
  • Carecer de luz de freno
  • Ocasionar accidentes por desperfectos mecánicos
  • Bajar o subir pasajeros en lugares no permitidos o esquinas.
  • No utilizar el conductor el cinturón de seguridad
  • Conducir motocicleta sin el casco protector
  • Detenerse sobre las zonas de seguridad peatonal.
  • No conceder el paso a ciclistas que transiten sobre la vía pública.
Foto Archivo. EDH. Lissette Monterrosa

También toma en cuenta las multas consideradas como "leves" de $50 y las "muy graves" de $150:

Multas de $50

  • Sobrepasar a otro vehículo sin antes indicar la maniobra
  • Circular con placas no visibles
  • No portar tarjeta de circulación
  • Conducir vehículo como instructor de una escuela de manejo sin su respectivo carné o portarlo vencido
  • Manejar con tarjeta de circulación y licencia vencida
  • Conducir con licencia extranjera fuera del tiempo reglamentario
  • Circular con una sola placa y que ésta no tenga luz
  • Circular con vehículos con placas nacionales, fuera de la jornada laboral, sin la debida autorización
  • Estacionarse frente a una cochera que no le corresponda
  • Circular con vehículo con escape libre, bazuca o aditamiento que produzca estridencia, que sobrepase los límites legalmente admisibles.
  • Usar indebidamente pitos de aire, bocinas eléctricas, y otros dispositivos sonoros en vehículos automotores, en los casos prohibidos por el Reglamento respectivo.
  • Obstruir por completo el paso en las vías públicas con entierros, desfiles y eventos deportivos.
  • Conducir con luz alta en la ciudad
  • No portar llanta de repuesto en vehículos o circular con llantas lisas o en mal estado.
  • Carecer parcialmente de luz delantera o trasera.
  • Tirar basura desde los vehículos
  • Llevar anuncios en las ventanillas o parabrisas que afecten la visibilidad del conductor.

Multas muy graves de $150

  • Conducir en sentido contrario, salvo cuando se sobrepase a otro vehículo en las zonas y momentos permitidos.
  • Disputarse la vía con otro vehículo.
  • Abandonar el vehículo por desperfectos en vías públicas por más de 24 horas.
  • Sobrepasar a alta velocidad un microbús, un bus, o microbús escolar cuando esté estacionado subiendo o bajando alumnos.
  • Estacionarse en paradas de buses, zonas de carga en horas restringidas, zonas de seguridad señalizada y estacionarse en la acera, paralelo a la vía atravesado.
  • Estacionarse frente a entradas principales de edificios públicos, teatros, hoteles, bancos, hospitales, residencias particulares, obstaculizando el acceso a ellos.
  • Efectuar reparaciones en vías públicas, de manera permanente.
  • No respetar la luz roja del semáforo
  • Circular en la ciudad o carreteras con vehículos que tengan instaladas barras Led.
  • Conducir el vehículo bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes.
  • Negarse a la realización de pruebas que se establezcan para la detección de posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes, estupefacientes u otras sustancias análogas.
  • No atender o respetar señales del personal autorizado que se encuentre realizando trabajos en la vía pública.
  • Conducir manipulando o haciendo uso del teléfono celular, dispositivo o aparato electrónico, así como sosteniendo en las manos, dedos o llevando entre los brazos o sobre las piernas a otra persona, animales o cualquier otro objeto o cosa, que dificulte el manejo.

REGRESAR A LA PORTADA

MÁS SOBRE ESTE TEMA

KEYWORDS

Ley De Transporte Terrestre, Tránsito Y Seguridad Vial Sucesos Transporte Viceministerio De Transporte Ver Comentarios

Patrocinado por Taboola

Te puede interesar

Ver más artículos

Inicio de sesión

Inicia sesión con tus redes sociales o ingresa tu correo electrónico.

Iniciar sesión

Hola,

Bienvenido a elsalvador.com, nos alegra que estés de nuevo vistándonos

Utilizamos cookies para asegurarte la mejor experiencia
Cookies y política de privacidad