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Juez rechaza revisar condena para abogado por uso de documento falso

El abogado Manuel Vicente Ramírez Recinos fue condenado a tres años de prisión en junio de 2019. El condenado alegó que le habían violado sus derechos constitucionales.

Por David Marroquín | Feb 03, 2022 - 15:56

Centro Judicial de Santa Tecla, La Libertad. Foto EDH archivo
Centro Judicial de Santa Tecla, La Libertad. Foto EDH archivo

El abogado Manuel Vicente Ramírez Recinos fue condenado a tres años de prisión en junio de 2019 por el uso de documento oficial falsificado en un proceso judicial. La condena se la impuso el juzgado Primero de Sentencia de Santa Tecla, La Libertad, según Centros Judiciales.

Inconforme porque había sido condenado, Ramírez Recinos pidió al referido tribunal que revisara la sentencia por considerar que le habían violado sus derechos constitucionales.

Además argumentó que "él no tenía conocimiento de que ese documento (poder) era falso y que además sus anteriores abogados no ejercieron una buena defensa a su favor".

Los nuevos defensores de Ramírez Recinos alegaron en la audiencia que existen "otras sentencias de distintos tribunales, incluida la Sala de lo Penal, que son contradictorias a la condena que el referido tribunal emitió en el año 2019 y siempre relacionada a los mismos hechos de su cliente".

Los fiscales del caso argumentaron en la audiencia especial de revisión de la sentencia que el abogado Ramírez Recinos, fue condenado por “introducir un documento falso al tráfico jurídico” en el país.

Las investigaciones fiscales apuntan que el abogado Manuel Vicente Ramírez Tobar, quien es padre de Ramírez Recinos, le dijo a su hijo que firmara un documento (poder) para representar a un cliente que era procesado en Santa Ana.

A raíz de haber firmado ese documento fue que la Fiscalía General acusó a Ramírez Recinos del uso del mismo que resultó ser falso en un proceso judicial en contra de un guatemalteco que era requerido por la justicia salvadoreña.

Tanto padre como hijo han sido suspendidos como abogados de la República por cinco años, período en el que no podrán ejercer la abogacía,según Centros Judiciales.

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